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Ayuda para afectados del Covid-19. Protección Animal, Municipio de Villalbilla.

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El Ayuntamiento de Villalbilla informa que, a través de la Asociación Protectora de Animales ALBA en colaboración con FAPAM, se ha activado una ayuda para aquellas personas que estando en situación comprometida por el virus Covid-19 y no puedan atender correctamente a sus animales domésticos a través de amigos o familiares, y vivan en el municipio de Villalbilla, puedan contactar para solicitar ayuda a través de albaalbergue@gmail.com o bien llamando al teléfono 609291930.

Esta ayuda esta sujeta a disponibilidad, se estudiará la petición para contactar lo antes posible.

Si queréis ayudar como voluntario, puedes contactar directamente con ALBA en su Web a través del formulario de contacto: https://albaonline.org/contacto

El Ayuntamiento de Villalbilla quiere agradece la incitativa de El Jardín de Mía, asociación protectora del municipio que ha impulsado esta propuesta.

INFORMACIÓN:

IMPORTANTE: Los animales no trasmiten ni padecen el coronavirus. Según la Organización Mundial de la Salud (OMS) no hay evidencia de que los animales de compañía como perros, gatos u otros puedan transmitir COVID-19.
A la hora de pasear con nuestro perros, es fundamental que cumplamos con la normativa vigente en materia de seguridad respetando distancias y evitando formar grupos.
Así mismo, los alimentadores de colonias felinas deberán realizar sus tareas de forma individualizada y en horarios de menor afluencia o tránsito.
Todos los animales del municipio deben estar correctamente atendidos  y alimentados por lo que se ha autorizado de forma excepcional y mientras dure el Estado de Alarma.
Sólo podrán alimentar las personas debidamente autorizadas con su correspondiente acreditación del Ayuntamiento de Villalbilla. Mas informacion aquí.
En caso de personas con animales que se hayan contagiado o hayan tenido relación directa con afectados por el COVID-19, han de seguir los protocolos de cuarentena y aislamiento intentando, antes de solicitar la ayuda, en la medida de lo posible, que sus animales sean gestionados por un familiar, vecino o amigo con el fin de no interrumpir su alimentación adecuada y sus paseos.
Desde la Dirección General de Derechos de los animales se quiere trasmitir a las
administraciones locales, autonómicas y los cuerpos de seguridad del Estado una serie de
recomendaciones y acuerdos que desarrollan el Real Decreto de alarma en lo relacionado
con los animales de compañía y sus cuidadores.
Ante la situación provocada por la pandemia declarada por el COVID–19, se insiste, en
relación a la atención sanitaria a las mascotas, en los siguientes aspectos y
recomendaciones:
En primer lugar, hay que reiterar que no existe evidencia científica alguna de que los
animales domésticos padezcan ni puedan transmitir el COVID-19. En ese sentido se
proponen las siguientes pautas de actuación:
MEDIDAS GENERALES:
• Lavarse las manos + Distancia Social + Cubrirse al toser + No tocarse ojos, nariz y/o
boca
MEDIDAS GENERALES CON ANIMALES DE COMPAÑÍA:
• Después de tocar al animal:Lavarse las manos + No tocarse ojos, nariz y boca.
• Al llegar a casa tras salir a la calle: Limpiar con gel desinfectante las almohadillas y la
cola del animal por prevención.
MEDIDAS GENERALES PARA PERSONAS POSITIVAS EN CORONAVIRUS
• Se recomienda dejar el cuidado de las mascotas a otra persona, cuando sea posible.
• Usar utensilios nuevos para el animal. Nunca reutilizar los utensilios utilizados por la
persona positiva
• Si se da positivo y no se puede dejar el animal con otra persona, extremar las
medidas de higiene como la limpieza de manos, el uso de mascarilla en presencia
del animal y evitar el contacto con el mismo, en la medida de lo posible.

PERMITIDO POR EL REAL DECRETO DE ALERTA DE 14 DE MARZO DE 2020

Se permite salir del domicilio con el fin de sacar a pasear a los perros. Para ello de
forma segura es conveniente seguir las siguientes medidas:
• Realizar paseos cortos, el tiempo necesario para cubrir las necesidades fisiológicas
del animal.
• Evitar el contacto con otros animales y/o personas.
• Llevar botella de agua con detergente para limpiar la orina y bolsas para las heces.
• Priorizar horarios de menor afluencia.
• Se recomienda a los cuerpos de seguridad del Estado soliciten identificación de los
animales para evitar lo que se está ofertando en webs de segundamano como
“alquiler de perros”
Alimentación de colonias felinas.
• Se debe priorizar horarios de menos afluencia e intentar espaciarlo el máximo de
días posibles.
Alimentar y atender animales en fincas y centros de protección animal.
• Se recomienda establecer servicios mínimos para atención voluntaria en CPA
(centros de protección animal), con autorización escrita de la entidad gestora del
mismo o del Ayuntamiento si es de gestión directa.
Por último, se recuerda que las clínicas Veterinarias, como centros sanitarios, permanecen
abiertas, con medidas de autorregulación establecidas por los colegios de veterinarios,
atendiendo únicamente con cita previa con el fin de evitar aglomeraciones en las salas de
espera. Además, sólo se atenderán consultas que no puedan ser pospuestas por la
naturaleza de las mismas.
La Dirección General de Derechos de los Animales se encuentra a disposición de los
diferentes interlocutores para resolver las cuestiones relacionadas con el cuidado de los
animales de compañía durante la duración del estado de alarma.

 

Dirección del Recurso

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