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BONIFICACIÒN IBI PLACAS (3)

Nueva Ordenanza Fiscal para aplicar bonificaciones del IBI por la instalación de placas solares

Aprobada la modificación de la Ordenanza Fiscal para aplicar bonificaciones del IBI por la instalación de sistemas de aprovechamiento de la energía solar mediante placas fotovoltaicas.

▪ Tendrán derecho a una bonificación del 50 % de la cuota íntegra del impuesto los bienes inmuebles de naturaleza urbana y uso residencial (IBI), en las viviendas que se hayan instalado sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar para autoconsumo.

▪ La bonificación tiene carácter rogado, es decir debe ser solicitada por el beneficiario de la instalación. La entrada en vigor de la bonificación será en el próximo ejercicio presupuestario de 2024.

▪ El periodo de disfrute de la bonificación es de dos años desde el siguiente a la finalización de la instalación.  La solicitud de bonificación deberá presentarse en el Ayuntamiento antes del 1 de enero del ejercicio en el que se solicite la bonificación.

Para más información: recaudacion@ayto-villalbilla.org

Publicación BOCM Nº 289 de 05.12.2023 – Aprobación definitiva Modificación Ord.Fiscal IBI

 

 

 

 

Dirección del Recurso

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