Hoy 18 de marzo, con la intención de asegurar los derechos económicos de los demandantes de empleo, la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad de la Comunidad de Madrid, ha publicado en el BOCM número 55, Resolución sobre el procedimiento a seguir para la prestación de los servicios en las Oficinas de Empleo de la Comunidad de Madrid durante la vigencia del estado de alarma declarada por la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
La Orden informa entre otros, del procedimiento a seguir sobre la RENOVACIÓN DE LA DEMANDA DE EMPLEO e INSCRIPCIÓN DE LA DEMANDA DE EMPLEO.
No será necesario que los demandantes acudan a la Oficina de Empleo a renovar presencialmente sus demandas para que éstas se mantengan en”Alta”.
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