N O T A I N F O R M A T I V A
El próximo 30 de septiembre se cargará en las cuentas bancarias el 30 % de la cuota del recibo de IBI Urbana 2020, correspondiente al segundo plazo, descontándose el 3% de la bonificación por domiciliación bancaria.
Comienza el período de cobro voluntario del Impuesto de Bienes Inmuebles Urbana, del Impuesto de Bienes Inmuebles de Naturaleza Rústica, así como del Impuesto de Actividades Económicas del ejercicio 2020, que comprenderá del 1 de octubre al 30 de noviembre.
Los recibos domiciliados del Impuesto de Bienes Inmuebles de Naturaleza Rústica, así como los domiciliados del Impuesto de Actividades Económicas, se pasarán al cobro el 2 de diciembre aplicándose la bonificación del 2% por domiciliación bancaria.
Para más información puede dirigirse al Servicio de Recaudación de lunes a viernes en horario de 9:00 a 14:00 horas.